Oportunidad de inversión mediante subasta judicial voluntaria de un apartamento tipo Royal Suite y una plaza de aparcamiento con trastero ubicados en el Conjunto Urbanístico Park Club Suites, Fase II, en la zona de Río Real, Marbella. Los activos se subastan en dos lotes independientes, permitiendo la puja por separado para cada uno de los bienes.
Lote 1: Apartamento Royal Suite en Río Real
Apartamento tipo Royal Suite, situado en la planta baja, tipo A. Cuenta con acceso directo por el portal 5 del Conjunto Urbanístico Park Club Suites, Fase II, en Río Real, Marbella. Una excelente ubicación dentro de una de las zonas residenciales más exclusivas de la Costa del Sol.
Lote 2: Garaje y Trastero
Plaza de aparcamiento nº 4 que incluye el trastero nº 4, ubicada en la planta sótano del mismo Conjunto Urbanístico Park Club Suites, Fase II, en Río Real, Marbella. Idóneo como complemento de la vivienda o como activo independiente.
Descripción de la Propiedad
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Ubicación Premium: Localizados en Río Real, Marbella, un área consolidada y de alta demanda.
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Subasta Voluntaria: Procedimiento judicial de tipo voluntario.
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Adjudicación Independiente: Al estructurarse en 2 lotes, se puede optar de forma separada a la vivienda, al garaje/trastero, o a ambos.
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Sin Puja Mínima: Los lotes no exigen un importe mínimo para abrir las pujas.
Datos Técnicos
Dirección y Depósito
Ubicación de los Bienes: Conjunto Urbanístico Park Club Suites, Fase II, Río Real, CP 29603, Marbella, Málaga.
Depósitos Obligatorios: Para participar es imprescindible consignar el 5% del valor de subasta de cada lote: 14.694,57 € para la vivienda (Lote 1) y 875,40 € para el garaje y trastero (Lote 2).
Enlaces
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Portal Oficial de Subastas: BOE – Subasta SUB-JV-2026-262172
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Asesoría y Gestión de Activos: Contacto con JAMM ESTATE
FAQs
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¿Se pueden comprar los dos lotes juntos?
Sí, pero las pujas se realizan de forma separada para cada lote en el portal del BOE. Se puede resultar adjudicatario de uno solo o de ambos.
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¿Qué significa que sea una subasta judicial voluntaria?
Significa que el procedimiento no deriva de un embargo forzoso directo por impago, sino de una solicitud judicial (por ejemplo, para disolver una copropiedad o una herencia) con el fin de liquidar el activo de forma regulada.
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¿Se pueden visitar los inmuebles?
En el expediente de la subasta consta explícitamente que no se conoce la situación de visitabilidad de los bienes.